{"id":425508,"date":"2024-09-17T09:46:19","date_gmt":"2024-09-17T15:46:19","guid":{"rendered":"https:\/\/billieparkernoticias.com\/?p=425508"},"modified":"2024-09-17T09:46:19","modified_gmt":"2024-09-17T15:46:19","slug":"cndh-descarta-impugnar-la-reforma-judicial-de-lopez-obrador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fronteraveracruz.com\/?p=425508","title":{"rendered":"CNDH descarta impugnar la Reforma Judicial de L\u00f3pez Obrador."},"content":{"rendered":"<p>*<br \/>\n17.09.2024. Ciudad de M\u00e9xico.- La Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)\u00a0 anunci\u00f3 que no interpondr\u00e1 una acci\u00f3n de inconstitucionalidad contra la reforma judicial como lo solicitaron algunos legisladores.<\/p>\n<p>&#8220;<span class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3\">No interpondremos acci\u00f3n de inconstitucionalidad contra la Reforma Judicial porque \u00e9sta es un triunfo del pueblo y un avance en materia de <\/span><span class=\"r-18u37iz\">#DerechosHumanos&#8221;, sentenci\u00f3<\/span><span class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3\">.<\/span><\/p>\n<p>En un pronunciamiento explic\u00f3 que el proceso legislativo fue leg\u00edtimo, y a suu juicio la reforma al modificar directamente la Constituci\u00f3n, no est\u00e1 sujeta a impugnaci\u00f3n.  <\/p>\n<p>Al mismo tiempo, el organismo denunci\u00f3 presiones de actores pol\u00edticos que buscan frenar la reforma para satisfacer intereses particulares. &#8221; Esta Comisi\u00f3n no defiende banderas pol\u00edticas ni es comparsa de estrategias partidistas; eso era antes, hoy se debe al pueblo&#8221; advirti\u00f3.<\/p>\n<p>El organismo aut\u00f3nomo insisti\u00f3 en dar a conocer que partidos y legisladores de la oposicion buscan ejercer presi\u00f3n para que la CNDH presente una impugnaci\u00f3n, con el objetivo de paralizar la implementaci\u00f3n de la reforma judicial.<\/p>\n<p>&#8220;Actores partidistas han tratado de presionar a esta Comisi\u00f3n Nacional a efecto de que interponga una acci\u00f3n de inconstitucionalidad de paralice los efectos de la reforma y as\u00ed usar a este \u00f3rgano aut\u00f3nomo para satisfacer ambiciones de grupo, ajenas a los intereses de las y los mexicanos, lo que equivaldr\u00eda a dejar en manos del Poder Judicial el destino de la nueva legislaci\u00f3n. Son las argucias que siempre han utilizado, y por eso su empe\u00f1o en manipular a la CNDH y sumarla a sus c\u00e1lculos. As\u00ed lo han hecho desde que inici\u00f3 la actual gesti\u00f3n, y hemos resistido, y seguiremos resistiendo, porque nuestro \u00fanico compromiso es con el pueblo.&#8221;<\/p>\n<p>Quieren, sostuvo, utilizar a la Comisi\u00f3n como \u201cuna herramienta para satisfacer ambiciones de grupo ajenas a los intereses de las y los mexicanos\u201d.<\/p>\n<p>La CNDH no s\u00f3lo rechaz\u00f3 estas presiones, sino que tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que permitir que el Poder Judicial determine el destino de la reforma ser\u00eda una \u201cargucia\u201d utilizada por aquellos que intentan manipular al organismo. En un tono en\u00e9rgico, asegur\u00f3 que no se plegar\u00e1 a intereses partidistas.<\/p>\n<p>PRONUNCIAMIENTO<\/p>\n<p>La CNDH no interpondr\u00e1 Acci\u00f3n de Inconstitucionalidad contra la Reforma Judicial porque \u00e9sta es un triunfo del pueblo y un avance en materia de derechos humanos<br \/>\n\u2022<br \/>\nEsta Comisi\u00f3n no defiende banderas pol\u00edticas ni es comparsa de estrategias partidistas; eso era antes, hoy se debe al pueblo<br \/>\n\u2022<br \/>\nPropusimos esta reforma el 19 de mayo de 2023 y est\u00e1 incluida en la Recomendaci\u00f3n General 46\/2022 y en la Recomendaci\u00f3n 98VG\/2023<br \/>\nUna vez satisfechos los requisitos legales y constitucionales que validan la aprobaci\u00f3n de la Reforma del Poder Judicial hecha por las c\u00e1maras de Diputados y Senadores, as\u00ed como por diversos congresos de los estados de la Rep\u00fablica, la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informa que, despu\u00e9s de realizar un an\u00e1lisis serio y exhaustivo de la reforma, as\u00ed como de las condiciones en que se llev\u00f3 a cabo su aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n, no interpondr\u00e1 acci\u00f3n de inconstitucionalidad alguna en contra de \u00e9sta, toda vez que dicha reforma es el resultado de la voluntad popular y una de las consecuencias derivadas del proceso democr\u00e1tico del 2 de junio.<\/p>\n<p>Actores partidistas han tratado de presionar a esta Comisi\u00f3n Nacional a efecto de que interponga una acci\u00f3n de inconstitucionalidad de paralice los efectos de la reforma y as\u00ed usar a este \u00f3rgano aut\u00f3nomo para satisfacer ambiciones de grupo, ajenas a los intereses de las y los mexicanos, lo que equivaldr\u00eda a dejar en manos del Poder Judicial el destino de la nueva legislaci\u00f3n. Son las argucias que siempre han utilizado, y por eso su empe\u00f1o en manipular a la CNDH y sumarla a sus c\u00e1lculos. As\u00ed lo han hecho desde que inici\u00f3 la actual gesti\u00f3n, y hemos resistido, y seguiremos resistiendo, porque nuestro \u00fanico compromiso es con el pueblo.<\/p>\n<p>La CNDH reitera que no satisface agendas partidistas. Lo dijimos desde un inicio, y lo hemos demostrado de sobra. No nos hemos prestado ni nos prestaremos a esa pobr\u00edsima visi\u00f3n del servicio p\u00fablico y de lo que es un organismo p\u00fablico de defensa de los derechos humanos. De hecho, quienes nos presionan lo saben y por eso lo \u00fanico que hacen es el espect\u00e1culo de acudir a nuestras oficinas para \u201cinterponer quejas\u201d, decir discursos para ofender e insultar, y tomarse la fotograf\u00eda para montar sus campa\u00f1as.<br \/>\nS\u00f3lo que la defensa de los derechos humanos no es un circo. Implica, sobre todo en un pa\u00eds como el nuestro, tener muy claro cu\u00e1les son las necesidades y las carencias del pueblo, para resarcirlas. Y tenemos claro que Libertad, Justicia e Igualdad son los reclamos hist\u00f3ricos de las y los mexicanos.<br \/>\nPor eso apoyamos la nueva estrategia de seguridad y la decisi\u00f3n de otorgar a la SEDENA el control administrativo y operativo de la Guardia Nacional; por eso evidenciamos la colusi\u00f3n del Estado en el crimen de Luis Donaldo Colosio y en la tortura de quien hicieron pasar por su asesino; por eso visibilizamos la corrupci\u00f3n que rode\u00f3 el caso de Ernestina Ascencio Rosario, ocultado por la CNDH en 2007 por \u00f3rdenes presidenciales; por eso emitimos la Recomendaci\u00f3n 98VG\/2023 para hacer justicia a las v\u00edctimas de la violencia pol\u00edtica del Estado entre 1965 y 1990. Y por eso estamos atendiendo la nueva queja de las madres y padres de los 43 normalistas de Ayotzinapa.<\/p>\n<p>Concretamente respecto a la reforma del Poder Judicial, la CNDH observa que es facultad \u00fanica del Poder Reformador de la Constituci\u00f3n, no de la Suprema Corte de Justicia ni del Poder Judicial. Adem\u00e1s, el proceso incluy\u00f3 la celebraci\u00f3n de di\u00e1logos nacionales, donde se expresaron diversos sectores de la sociedad en un amplio ejercicio de la democracia participativa. Su an\u00e1lisis en la C\u00e1mara de Diputados y el Senado de la Rep\u00fablica fue exhaustivo y suficiente, a pesar de un ambiente por momentos r\u00edspido y los desafortunados intentos de violencia en el Senado, la aprobaci\u00f3n final de la reforma fue pac\u00edfica y apegada a derecho, reflejo del sistema democr\u00e1tico que hoy prevalece en nuestro pa\u00eds.<br \/>\nDado que no se identificaron vicios en el procedimiento legislativo y que la reforma modifica directamente la Constituci\u00f3n, no puede ser impugnada mediante una acci\u00f3n de inconstitucionalidad porque no se trata de una norma inferior sujeta a comparaci\u00f3n con la Constituci\u00f3n, sino de la voluntad soberana del pueblo reflejada en la modificaci\u00f3n de las disposiciones que rigen al Poder Judicial, que har\u00edan absurdo, como algunos pretenden, cederle a este el rumbo de su transformaci\u00f3n. No s\u00f3lo es improcedente legalmente sino que ser\u00eda una traici\u00f3n al pueblo. Algo que nosotros no vamos a hacer.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los argumentos estrictamente de la formalidad legal, la CNDH considera fundamental abundar en sus razones:<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 no vamos a interponer la acci\u00f3n de inconstitucionalidad que quisieran algunos partidos en contra de la Reforma Judicial?<\/p>\n<p>1.- Porque adem\u00e1s de lo ya dicho, que fue decisi\u00f3n soberana de la mayor\u00eda del pueblo, representado en las dos C\u00e1maras, la reforma est\u00e1 fundada en razones que no s\u00f3lo compartimos, sino que impulsamos. Lo expresamos p\u00fablicamente el 18 de mayo de 2023 y forma parte del cuerpo de dos recomendaciones, la Recomendaci\u00f3n General 46\/2022 y la 98VG\/2023.<\/p>\n<p>2.- Porque quienes se han opuesto y se oponen a la reforma mienten burdamente. Por ejemplo, al tratar de manipular nuestra historia. Basta recordar que contamos con antecedentes de elecci\u00f3n democr\u00e1tica de los integrantes del Poder Judicial. Concretamente, la Constituci\u00f3n de 1857, establec\u00eda en la Secci\u00f3n III. \u201cDel Poder Judicial\u201d, lo siguiente:<br \/>\n\u201cArt\u00edculo 90.- Se deposita el ejercicio del poder judicial de la federaci\u00f3n en una Corte Suprema de Justicia y en los tribunales de Distrito y de circuito.<br \/>\n\u201cArt\u00edculo 91.- La suprema Corte de Justicia se compondr\u00e1 de once ministros propietarios, cuatro supernumerarios, un fiscal y un procurador general.<br \/>\n\u201cArt\u00edculo 92.- Cada uno de los individuos de la Suprema Corte de Justicia durar\u00e1 en su encargo seis a\u00f1os, y su elecci\u00f3n ser\u00e1 indirecta en primer grado, en los t\u00e9rminos que disponga la ley electoral.<br \/>\n\u201cArt\u00edculo 93.- Para ser electo individuo de la Suprema Corte de Justicia, se necesita: estar instruido en la ciencia del derecho, a juicio de los electores; ser mayor de treinta y cinco a\u00f1os y ciudadano mexicano por nacimiento, en ejercicio de sus derechos\u201d.<br \/>\nEs decir, que en nuestro pa\u00eds existe el antecedente de la elecci\u00f3n, mediante el voto del pueblo, de los integrantes del Poder Judicial; de hecho as\u00ed funcion\u00f3 por a\u00f1os. Y no era una elecci\u00f3n que se hiciera en base a la popularidad, sino a la buena fama p\u00fablica, previo cumplimiento de requisitos que aseguraban la idoneidad de los aspirantes.<\/p>\n<p>3.- No hay que olvidar que la Revoluci\u00f3n Mexicana naci\u00f3 justamente de un reclamo de justicia. El primer n\u00famero del peri\u00f3dico Regeneraci\u00f3n, de los hermanos Flores Mag\u00f3n, vio la luz el 7 de agosto de 1900 bajo el lema de \u201cPeri\u00f3dico Jur\u00eddico Independiente\u201d, y ten\u00eda el objeto de se\u00f1alar las malas pr\u00e1cticas en el Poder Judicial y denunciar \u201ctodos aquellos actos de los funcionarios judiciales que no se acomoden a los preceptos de la ley escrita, para que la verg\u00fcenza p\u00fablica haga con ellos la justicia que se merecen\u201d. S\u00f3lo unos cuantos meses despu\u00e9s, el 31 de diciembre de 1900, Regeneraci\u00f3n modific\u00f3 su lema por el de \u201cPeri\u00f3dico Independiente de Combate\u201d: \u201cNuestra lucha por la justicia no era m\u00e1s que un reflejo de nuestros principios; pero\u2026 el lema de nuestro peri\u00f3dico JUR\u00cdDICO nos imped\u00eda abarcar otros asuntos de inter\u00e9s, tan delicados y trascendentales como los forenses. Ten\u00eda que ser. La administraci\u00f3n de Justicia no es m\u00e1s que un complemento, como Poder, de los otros dos: el Ejecutivo y el Legislativo\u2026 Si uno de ellos camina mal y tiene inmensas y deplorables lagunas, los otros deben tenerlas igualmente, por ser parte de la misma administraci\u00f3n general\u201d, tal fue la explicaci\u00f3n que se public\u00f3 en el editorial. Ricardo Flores Mag\u00f3n se convenci\u00f3 que combatir la corrupci\u00f3n del Poder Judicial era s\u00f3lo una parte de la lucha, y que lo que se necesitaba era una verdadera revoluci\u00f3n que devastara el sistema en el cual descansaba la corrupci\u00f3n del r\u00e9gimen porfirista. A partir de ese momento, las cr\u00edticas contra el r\u00e9gimen fueron m\u00e1s incisivas, y el grupo editor manifest\u00f3 la necesidad de una participaci\u00f3n m\u00e1s amplia y frontal en el campo pol\u00edtico.<\/p>\n<p>4.- Tambi\u00e9n han evocado los detractores de la reforma, el Constituyente de 1917, y se ha citado la intervenci\u00f3n de un diputado, Paulino Machorro para, seg\u00fan ellos, demostrar por qu\u00e9 no debe hacerse la reforma judicial. Sin embargo, ma\u00f1osamente se han cuidado de no recordar el contexto, la lucha librada entre moderados y radicales y, por ende, decir que ese diputado pertenec\u00eda al bloque de los moderados, y que las discusiones se enfocaron, sobre todo, en la necesidad de garantizar la divisi\u00f3n de poderes real, para evitar un vicio hist\u00f3rico: que el Poder Ejecutivo tuviera el control del Poder Judicial. Ese fue el tema central, y fue un rudo y largo debate que llev\u00f3 varias sesiones para desahogarse. Inici\u00f3 el 15 de enero de 1917 continu\u00f3 el 20 y concluy\u00f3 el 21, y participaron, adem\u00e1s de Machorro, los diputados Rafael Mart\u00ednez de Escobar, Jos\u00e9 Mar\u00eda Truchuelo, Enrique O\u2019Farrill, Alberto Gonz\u00e1lez, Silvestre Aguilar, David Pastrana Jaimes, Hilario Medina, Alberto Terrones y Francisco J. M\u00fagica, entre otros.<br \/>\nConviene traerlo a nuestra memoria.<\/p>\n<p>El dictamen que se present\u00f3 a la asamblea, redactado en su mayor\u00eda por moderados, planteaba dejar la elecci\u00f3n de los ministros al Poder Legislativo, a propuesta del presidente de la Rep\u00fablica, provocando de inmediato, la reacci\u00f3n en contra del ala llamada radical. Esto fue lo que dijo al respecto el diputado Mart\u00ednez de Escobar:<br \/>\n\u201cEs indudable que tal sistema es perjudicial y eminentemente peligroso, porque dadas las condiciones pol\u00edticas y circunstancias especiales de nuestro medio, entiendo que siempre hemos contemplado tristemente una invasi\u00f3n del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial, de manera que de hecho el Poder Judicial con vida aut\u00f3noma, independiente, nunca ha existido entre nosotros, sino como accesorio y subordinado al Ejecutivo, y como la instituci\u00f3n llamada jur\u00eddicamente Poder Judicial es necesario que tenga una independencia completa del Ejecutivo, para que los miembros que la integren no est\u00e9n subordinados a otro poder y puedan con su libre voluntad tratar las discusiones de derecho que se les venga a presentar, vemos, pues, que si se deja al presidente de la Rep\u00fablica esa intervenci\u00f3n, subordinamos de hecho, indudablemente, al Poder Judicial, y la independencia y divisi\u00f3n de poderes resulta s\u00f3lo una quimera\u201d.<\/p>\n<p>Las intervenciones de los moderados, que defend\u00edan el dictamen porque as\u00ed se les hab\u00eda instruido, era que hab\u00eda que aprobarlo tal y como se propon\u00eda, porque estaba en el poder Carranza, y \u00e9l era un hombre de Estado inmaculado. A esto, as\u00ed respondi\u00f3 Mart\u00ednez de Escobar:<\/p>\n<p>\u201c\u00bfPero siempre estar\u00e1 don Venustiano Carranza como presidente de la Rep\u00fablica Mexicana? Es necesario que no vayamos a dar disposiciones de esta naturaleza que, aunque ma\u00f1ana pueden ser reformadas por el Congreso de la Uni\u00f3n, ya sabemos por una dolorosa experiencia que han venido siendo los congresos de la Uni\u00f3n, en este medio, casi siempre integrados por hombres escasos de moralidad y faltos de principios\u201d.<br \/>\nOtros argumentos blandidos en el debate para defender el sistema de elecci\u00f3n de los ministros por el Congreso y por el presidente fue que el Judicial \u201cno era poder\u201d. Y otro m\u00e1s, que hab\u00eda que mirar al ejemplo de los Estados Unidos. Y esto fue lo que dijo el diputado Manuel Herrera:<\/p>\n<p>\u201cSe ve desde luego que el Poder, como se ha llamado al Poder Judicial, no tiene las caracter\u00edsticas, bajo ning\u00fan concepto, que tienen los otros dos poderes. De aqu\u00ed, se\u00f1ores,<br \/>\nque al Poder Judicial se le haya llamado desde la \u00e9poca de Montesquieu Departamento Judicial y no Poder Judicial\u2026 De all\u00ed, pues, que el Poder Judicial no pueda formarse ni deba constituirse de la misma manera que se constituyen el Ejecutivo y el Legislativo, porque eso ser\u00eda una aberraci\u00f3n. No puede concederse que venga directamente de la elecci\u00f3n, porque no tiene las caracter\u00edsticas de Poder como las tienen en Ejecutivo y el Legislativo. No podr\u00eda, por ejemplo, cualquiera que aspirara a una magistratura hacer una propaganda, porque \u00bfen virtud de qu\u00e9 har\u00eda esa propaganda? \u00bfQu\u00e9 cosa ir\u00eda a proponer como programa aquellos a quienes pidiera que lo eligieran? No, esto solamente puede hacerlo un diputado, un aspirante a presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>\u201cLa experiencia no nos dice nada, porque nunca hemos tenido democracia, porque hemos tenido un imperio bajo el nombre de rep\u00fablica, pero juzgo por analog\u00eda, en otras naciones; desde luego vemos, por ejemplo, en la norteamericana, que en todos aquellos Estados en donde el nombramiento del Poder Judicial viene directamente de elecci\u00f3n popular, son tribunales superiores que jam\u00e1s han estado a la altura, en las sentencias que han pronunciado, en las ejecutorias que han salido de ellos, jam\u00e1s han estado a la altura bajo ning\u00fan concepto de la de aquellos otros Estados en que el Tribunal Superior o la Suprema Corte de Justicia se ha nombrado directamente, a propuesta del Ejecutivo, del Senado o del Congreso\u201d.<\/p>\n<p>Se trataba de un argumento ama\u00f1ado, derivado de un texto \u201ccl\u00e1sico\u201d del derecho constitucional, \u201cLa Constituci\u00f3n y la dictadura\u201d de Emilio Rabasa, prominente porfirista, que curiosamente la corriente de los moderados ten\u00eda como referente. Y como el debate se alargaba sin rumbo, Jos\u00e9 Mar\u00eda Truchuelo intent\u00f3 frenarlo denunciando el car\u00e1cter reaccionario de Rabasa, recordando el papel de este personaje en el cuartelazo de 1913 y que \u201ccon todo gusto vol\u00f3 hacia la Casa Blanca a representar al usurpador Huerta\u201d. Y plante\u00f3 a continuaci\u00f3n una moci\u00f3n suspensiva, proponi\u00e9ndose entonces que la discusi\u00f3n del art\u00edculo 73 se hiciera en conjunto con el art\u00edculo 96, en un solo debate, cosa que se aprob\u00f3.<\/p>\n<p>Truchuelo subi\u00f3 entonces a la tribuna, para decir: \u201cIndiscutiblemente, se\u00f1ores diputados, lo primero que debemos asegurar es su independencia. La independencia del Poder Judicial estriba en desligarlo de todos los dem\u00e1s poderes. Si los dem\u00e1s poderes tienen su origen en la soberan\u00eda popular; si el Ejecutivo toma su origen en la voluntad nacional, en la elecci\u00f3n directa de todos los ciudadanos; si el Poder Legislativo toma el mismo origen en la voluntad directa de todos los ciudadanos, \u00bfpor qu\u00e9 vamos a sujetar al Poder Judicial a los vaivenes,<br \/>\nlos caprichos de la pol\u00edtica y a la subordinaci\u00f3n del Poder Legislativo o del Poder Ejecutivo, cuando precisamente debe tener su base, su piedra angular en la soberan\u00eda del pueblo y en la manifestaci\u00f3n de la voluntad nacional?&#8230; Nada m\u00e1s el Ejecutivo y el Legislativo son los que, seg\u00fan el proyecto, se originan directamente del pueblo, y el Poder Judicial, que es parte integrante de la soberan\u00eda nacional, no tiene el origen inmediato del pueblo. Por consiguiente, hasta en el Derecho Constitucional ser\u00eda defectuoso decir que todos los poderes est\u00e1n basados en la soberan\u00eda nacional, porque el Poder Judicial, seg\u00fan el proyecto, seg\u00fan el dictamen de la Comisi\u00f3n, no est\u00e1 basado en la voluntad del pueblo, que es la que constituye la expresi\u00f3n m\u00e1s augusta de la soberan\u00eda nacional\u2026 debemos buscar la manera m\u00e1s apropiada para que ese Poder dimane del pueblo, para que pueda ejercitarse libremente. La f\u00f3rmula que yo encuentro m\u00e1s aceptable, que est\u00e1 m\u00e1s de acuerdo con la democracia, es la elecci\u00f3n de un magistrado por cada uno de los Estados de la Rep\u00fablica y tambi\u00e9n por cada uno de los territorios y por el Distrito Federal. As\u00ed se organizar\u00eda una met\u00f3dica y bien ordenada divisi\u00f3n del trabajo de la Corte.<br \/>\n\u201cSe nos va venir a decir que, con excepci\u00f3n de M\u00e9xico y Guatemala, en todas las dem\u00e1s partes del mundo, el Poder Judicial se nombra o por el Poder Ejecutivo o por el Legislativo, o en combinaci\u00f3n de los dos. Se\u00f1ores: permitir tama\u00f1o absurdo es distanciarse de la verdadera democracia; es, a no dudarlo, dar un paso hacia atr\u00e1s; y si nosotros nos guiamos por ese criterio tendr\u00edamos que comenzar por acabar con toda esta obra revolucionaria, porque los principios revolucionarios no est\u00e1n absolutamente consignados en ninguna de las legislaciones del mundo. Tenemos que ir a la cabeza, como hemos ido, y lo vamos a estar en la cuesti\u00f3n agraria y en la cuesti\u00f3n del trabajo, pues el proyecto que se presentar\u00e1 resume los adelantos mundiales y va a la cabeza en esas cuestiones; as\u00ed tambi\u00e9n, se\u00f1ores, en el ramo Judicial debemos ponernos a la vanguardia del adelanto en la ciencia jur\u00eddica, y aunque en ninguna parte del mundo estuviera establecido que el Poder Judicial sea origen de la voluntad directa del pueblo, esto es arm\u00f3nico con nuestros principales fundamentos, est\u00e1 de acuerdo con la manera de independer el Poder Judicial de los otros poderes\u201d.<\/p>\n<p>En su turno, el diputado Alberto Gonz\u00e1lez, de los radicales, tuvo una intervenci\u00f3n notable:<br \/>\n\u201cNo es, se\u00f1ores diputados, la inamovilidad del Poder Judicial; no es, tampoco, la fortuna respetable del magistrado, ni es, tampoco, su eficiencia jur\u00eddica la que asegura una administraci\u00f3n de justicia. La justicia se administra m\u00e1s por un sentimiento de amor a la humanidad que por un conocimiento exacto de la ley y una interpretaci\u00f3n jur\u00eddica cient\u00edfica.<\/p>\n<p>Yo siempre he tenido m\u00e1s fe en un juez honrado que en un juez de talento, porque para ser magistrado se necesita amplio criterio racional, amplio criterio independiente y libre y, por \u00faltimo, un criterio de honradez y moralidad superior a todos los dem\u00e1s; si estos criterios no los tiene el magistrado, todos ellos unidos a la pr\u00e1ctica judicial, indudablemente que, aun cuando ese magistrado sea un profundo conocedor de la ley y de los libros, aunque est\u00e9 lleno de ciencia, nunca ser\u00e1 un buen magistrado\u2026 Por lo dem\u00e1s, los principios, la democracia, nos exigen que vayamos a la \u00fanica fuente del poder, al pueblo mismo\u2026 en las rep\u00fablicas democr\u00e1ticas, que toda su fuerza la han derivado de esa potencia creadora que es el pueblo, tienen que dimanar de all\u00ed todas sus instituciones y todas sus leyes.<br \/>\n\u201cA m\u00ed me agradar\u00eda que dentro de estos principios de libertad y una vez consagrada la fuente del Poder, de all\u00ed dimanara precisamente la actuaci\u00f3n judicial, viniera una ley electoral lo m\u00e1s perfecta posible, a efecto de que la elecci\u00f3n de magistrados justificara la proporcionalidad de la elecci\u00f3n y todos los dem\u00e1s elementos que debe tener, pero no basados en el cientificismo. No es el hombre cient\u00edfico el mejor magistrado; el mejor magistrado es el hombre pr\u00e1ctico, conocedor de la ciencia del derecho, que ha luchado, que se ha acrisolado en esta lucha, que sabe lo que es el mundo, que sabe lo que son intereses, que sabe lo que cuesta ganar un peso y lo que cuesta perderlo, y ese magistrado, efectivamente, ser\u00e1 mejor que todos los \u00e9mulos del se\u00f1or Rabasa. La Constituci\u00f3n del 57 hablaba de conocedores de la ciencia del derecho y no ped\u00eda t\u00edtulo profesional, precisamente para no establecer un privilegio. Sobre este particular tengo mis ideas enteramente propias; abogados me he encontrado que tienen su t\u00edtulo profesional y que, sin embargo, no saben casi nada de derecho, y, en cambio, me he encontrado con personas que no tienen ese t\u00edtulo y no son conocedoras de la ciencia del derecho, y sin embargo, son de car\u00e1cter m\u00e1s elevado y de esp\u00edritu m\u00e1s apto para entender todas las cuestiones y poder fallar en ellas. \u00bfQui\u00e9n de ustedes duda que aqu\u00ed, en el mismo Congreso Constituyente haya hombres que sin ser abogados son superiores a muchos abogados que se encuentran en la sala? \u00bfQui\u00e9n podr\u00eda negar, por ejemplo, que el se\u00f1or general M\u00fagica pudiera ser un gran magistrado en la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n? No os alarm\u00e9is, se\u00f1ores diputados. Probablemente habr\u00e1 pocos abogados que pudieran contender con el se\u00f1or general M\u00fagica, y yo no he conocido al se\u00f1or general M\u00fagica, sino hasta que vine al seno del Congreso Constituyente. Los que han estudiado la ciencia jur\u00eddica no necesitan el t\u00edtulo profesional\u2026 en Am\u00e9rica hemos dado pasos muy avanzados en la democracia y los pueblos de Am\u00e9rica son los llamados a decir la \u00faltima palabra en materia de rep\u00fablicas modernas\u201d.<\/p>\n<p>Volvi\u00f3 a hablar Mart\u00ednez de Escobar, en este sentido:<br \/>\n\u201cEn La Constituci\u00f3n y la Dictadura, que estoy seguro todos los abogados de esta C\u00e1mara conocen, libro escrito por Rabasa, hombre indiscutiblemente inteligente y de vast\u00edsima cultura; pero, se\u00f1ores diputados, todos vosotros sab\u00e9is perfectamente bien qui\u00e9n es pol\u00edticamente su autor: un hombre de la dictadura, y un libro es algo as\u00ed como el hijo del cerebro que lo crea\u2026 Si vosotros vot\u00e1is por el dictamen de la Comisi\u00f3n, deb\u00e9is saber de una vez por todas que est\u00e1is votando por los pensamientos, por las ideas pol\u00edticas estampadas en ese libro por su autor, el licenciado Emilio Rabasa, aquel que fue representante de Victoriano Huerta en Washington, o en no s\u00e9 qu\u00e9 parte de Estados Unidos cuando la carnavalesca burla con Norteam\u00e9rica\u2026<br \/>\n\u201c\u00bfQuer\u00e9is, se\u00f1ores diputados, que la Suprema Corte de Justicia contin\u00fae como ayer? Pues entonces votad a favor del dictamen. \u00bfQuer\u00e9is que los magistrados de la Suprema Corte de Justicia no vayan a interpretar la ley, no vayan a interpretar aquellas disposiciones que han estimado convenientes para las necesidades sociales del Poder Legislativo, sino que vayan a hacer lo que convenga al Poder Ejecutivo? Pues entonces, repito, votad por el dictamen de la Comisi\u00f3n. \u00bfQuer\u00e9is que la Suprema Corte de Justicia cumpla con su deber? Pues entonces deb\u00e9is legislar que la Suprema Corte de Justicia no tenga su origen en la elecci\u00f3n que haga de ella otro Poder, que su formaci\u00f3n no depende de ninguno de los otros poderes, pero mucho menos, se\u00f1ores constituyentes, del Poder Ejecutivo.<br \/>\n\u201cVayamos pensando qu\u00e9 es equilibrio de los poderes, c\u00f3mo debemos entender este principio pol\u00edtico. En M\u00e9xico puede ser que est\u00e9 basado en principios fundamentales, esencialmente fundamentales, y muy distintos que en Alemania, Inglaterra o cualquier otro pa\u00eds de Europa o de la Am\u00e9rica sajona. Indiscutiblemente que s\u00ed. Fij\u00e9monos en este medio nada m\u00e1s\u2026 Efectivamente; es conveniente la elecci\u00f3n popular entre nosotros, para diputados, senadores y para Presidente de la Rep\u00fablica; pero para magistrados no, porque ser\u00eda una mentira semejante elecci\u00f3n, y as\u00ed vemos que sucedi\u00f3 en la Constituci\u00f3n de 57, cuando se estableci\u00f3 que los magistrados de la Suprema Corte fueran electos popularmente: de entonces ac\u00e1 tenemos que todos los presidentes de la Rep\u00fablica han venido designando para magistrados s\u00f3lo a sus amigos incondicionales\u2026 Ya hemos visto, se\u00f1ores diputados, los diversos sistemas en pr\u00e1ctica. En Estados Unidos de Norteam\u00e9rica ya sabemos c\u00f3mo se elige a los magistrados: por virtud de una convergencia de acci\u00f3n del Senado con el presidente de la Rep\u00fablica y este sistema es imitado por muchas rep\u00fablicas del Sur; pero en otras rep\u00fablicas del Sur tenemos sistemas distintos, en los que no se imita a Estados Unidos de Norteam\u00e9rica. Tenemos, por ejemplo, Bolivia. \u00bfC\u00f3mo se elige a los magistrados de la Suprema Corte en Bolivia? Tengo entendido, si mal no recuerdo, que se eligen a propuesta en terna del Senado, por la C\u00e1mara de Diputados. En otros pa\u00edses, \u00bfc\u00f3mo se hace la elecci\u00f3n? A propuesta de las legislaturas de los Estados o por el Congreso de la Uni\u00f3n. En Honduras y en Guatemala se eligen como aqu\u00ed en M\u00e9xico, por medio de elecci\u00f3n popular; pero yo creo que no debemos copiar esas legislaciones, por impracticables y absurdas. Debemos, pues, pensar la forma m\u00e1s conveniente de elegir a los magistrados, pero de ninguna manera le demos intervenci\u00f3n al Poder Ejecutivo. Si nosotros establecemos que el Poder Ejecutivo tenga intervenci\u00f3n en el nombramiento de los magistrados de la Suprema Corte, sepamos de una vez por todas, o declaremos honradamente que no hemos venido aqu\u00ed a hacer una labor sana, independiente y eficaz de Gobierno, de Gobierno democr\u00e1tico; en cambio, s\u00ed podr\u00e1 decirse que la haremos de Gobierno perfectamente dictatorial, de Gobierno autocr\u00e1tico\u2026 Pues bien; usemos de otro medio y sistema e imitemos a Bolivia u otro pa\u00eds de Centro o Sudam\u00e9rica; que se haga el nombramiento por el Senado, haciendo la proposici\u00f3n en terna la C\u00e1mara de Diputados; que se haga el nombramiento de las legislaturas de los Estados o que \u00e9stos hagan la proposici\u00f3n a la C\u00e1mara de Diputados; pero nunca, absolutamente nunca, debemos de admitir que sea el Poder Ejecutivo quien tenga una intervenci\u00f3n directa ni indirecta en el nombramiento de magistrados de la Suprema Corte de Justicia\u201d.<br \/>\nEl diputado Silvestre Aguilar intervino, diciendo lo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cVengo a esta tribuna a combatir el dictamen de la Comisi\u00f3n, en lo que respecta a que el Congreso, y no el pueblo de la Rep\u00fablica, sea el encargado de designar a los miembros que han de integrar a la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n\u2026 en una rep\u00fablica democr\u00e1tica y representativa como la nuestra, en la cual el Poder Judicial es uno de los ramos del Poder p\u00fablico, debemos nosotros procurar por la independencia de ese Poder, para que los magistrados puedan honradamente cumplir con sus importantes funciones; autorizar que el Poder Judicial no sea de elecci\u00f3n, sino designado por el Congreso, por el Ejecutivo o por los Estados, equivale a que un Poder elija al otro, lo cual es contrario a los principios que dominan en nuestra Constituci\u00f3n, tanto m\u00e1s, cuanto que en otro orden se ha establecido dar la independencia a los ayuntamientos, es decir, dar independencia a los municipios, y para ser consecuentes con esas ideas debemos nosotros procurar por que los magistrados sean de elecci\u00f3n popular.<\/p>\n<p>\u201cDadas las ideas avanzadas de nosotros, yo vengo y concluyo sosteniendo que los magistrados de la Suprema Corte deben ser de elecci\u00f3n popular. As\u00ed es que se\u00f1ores, yo os exhorto a que veamos la manera de que estos magistrados sean electos por el pueblo\u201d.<br \/>\nEsto fue parte de lo que argument\u00f3 Machorro, en defensa del Proyecto y desde luego en contra de la elecci\u00f3n por voto directo del pueblo:<\/p>\n<p>\u201cEl hombre sabio, que el hombre de gabinete, el hombre que va a hacer justicia, no puede hacer una campa\u00f1a electoral. La Administraci\u00f3n de Justicia no tiene un programa. El programa de un liberal o de un conservador, cuando se trate de hacer justicia, ser\u00e1 siempre el mismo. \u00bfQu\u00e9 va a decir el magistrado elegidme a m\u00ed porque soy m\u00e1s honrado, porque soy m\u00e1s sabio, porque aplicar\u00e9 la ley mejor? No hay m\u00e1s que una sola ley y un solo criterio; no puede haber m\u00e1s que una sola honradez. No puede haber diferencia en programas para que pueda haber diferencia de partidos; no podr\u00e1 haber en todo caso m\u00e1s que personalismos, unos acogidos a una persona y otros a otra, y entonces vendr\u00eda a obrar la pasi\u00f3n, y no ser\u00eda otra cosa la que determinara en las elecciones; pero vamos todav\u00eda examinando el punto. Los electores, encontr\u00e1ndose sin conocimientos directos de las personas, tendr\u00e1n que acudir al consejo, a la direcci\u00f3n de alguno otro que tenga m\u00e1s conocimientos, y \u00bfqui\u00e9n tiene mayores conocimientos en materia de Derecho en las poblaciones peque\u00f1as que son las que dan mayor\u00eda de votos? Los tinterillos. Pues a los magistrados de la Corte los erigir\u00edan los tinterillos. Este es el resultado que vendr\u00eda a dar la elecci\u00f3n popular\u201d.<\/p>\n<p>Y esta es la respuesta que le dio el diputado Pastrana Jaimes:<br \/>\n\u201cSigue el se\u00f1or Machorro y Narv\u00e1ez diciendo que no ser\u00eda posible que la Suprema Corte de Justicia participara de la elecci\u00f3n popular, porque ser\u00eda manchar a la Suprema Corte con la pol\u00edtica, y as\u00ed dec\u00eda el se\u00f1or Machorro en esta tribuna que la Suprema Corte de Justicia resolver\u00eda los conflictos pol\u00edticos que tuvieran los gobiernos de los Estados, y que para elecci\u00f3n no conviene que se manche la justicia con la pol\u00edtica. Yo no s\u00e9 d\u00f3nde est\u00e1 la mancha: si cuando la Corte interviene y resuelve los asuntos pol\u00edticos de los Estados o cuando el pueblo interviene y resuelve la elecci\u00f3n del m\u00e1s alto Tribunal de Justicia de la Rep\u00fablica. Sigue diciendo el se\u00f1or Machorro y Narv\u00e1ez que, tomando las ideas del compa\u00f1ero Gonz\u00e1lez, deber\u00edan fijarse los electores en la capacidad y honradez de los magistrados; y dice que los abogados, por amor propio, no se prestar\u00edan a que su personalidad, su honradez, anduviera discuti\u00e9ndose de boca en boca. Eso me parece un absurdo; si los abogados no quieren que se discuta su capacidad, que no jueguen en pol\u00edtica; el que no quiera ver visiones que no ande de noche, que se retire a su casa si no quiere tomar parte en las funciones p\u00fablicas de nuestra Rep\u00fablica. Ha dicho el se\u00f1or Machorro y Narv\u00e1ez que yo hab\u00eda venido a esta tribuna a decir que no quer\u00eda armon\u00edas americanas, sino armon\u00edas mexicanas para cuando se tratara de legislar para nuestro M\u00e9xico. Es cierto esto, pero al decirlo no he querido decir que se deba poner una barrera en nuestras fronteras para que no vengan otros principios; lo que yo no quiero es que se copien. Hay mucha diferencia entre juzgar y copiar los reg\u00edmenes de otros pa\u00edses.<br \/>\n\u201cYo creo, se\u00f1ores, yo digo y tengo la convicci\u00f3n \u00edntima, que el Poder Judicial es un Poder y, como Poder, debe participar de la elecci\u00f3n popular.<br \/>\nEn el debate que se segu\u00eda extendiendo, se fueron descartando casi todas las propuestas electivas, la de la elecci\u00f3n popular, la de la elecci\u00f3n por las legislaturas de los Estados y la de la elecci\u00f3n por los municipios. Entonces, el diputado Hilario Medina propuso apoyar el dictamen, en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p>\u201cSi nosotros hemos visto cu\u00e1l ha sido el funcionamiento de la Corte en el pasado, estamos obligados a intentar un nuevo sistema, a proceder de otra manera: estamos obligados a ensayar. Malamente, calumniosamente, se ha venido a atacar a la Comisi\u00f3n como reaccionaria cuando ha venido a sostener este proyecto. La argumentaci\u00f3n del diputado Gonz\u00e1lez ha consistido en esto, se\u00f1ores: si vosotros vot\u00e1is por el dictamen de la Comisi\u00f3n, vot\u00e1is por Rabasa, que es reaccionario\u201d.<br \/>\nInterviniendo en esta parte el moderado Manuel Herrera, obviamente contra la elecci\u00f3n directa:<br \/>\n\u201cLo que se va a hacer no es una elecci\u00f3n como la elecci\u00f3n de diputados, que van y presentan un programa, que van y se\u00f1alan determinada plataforma pol\u00edtica por lo cual tendr\u00e1n que laborar en no lejano tiempo, si la elecci\u00f3n les es favorable. No, no puede ser eso. La labor de magistrados es completamente distinta, y si \u00e9ste llegara el caso de hacer propaganda, estableciendo tal o cual programa, no ser\u00eda esto otra cosa m\u00e1s que la degeneraci\u00f3n de la magistratura\u2026 Un magistrado, se\u00f1ores, que no tiene otra funci\u00f3n que la de aplicar la ley\u2026<\/p>\n<p>\u00bfEntonces, se\u00f1ores diputados, por qu\u00e9 vamos a persistir en querer elegir popularmente a la instituci\u00f3n judicial? No, eso no puede ser; dejemos, pues, a un lado esas teor\u00edas que quedan \u00fanicamente para la l\u00f3gica pura\u201d.<\/p>\n<p>A esas alturas, las presiones dentro de la asamblea, estaban desbordadas. El bloque de los moderados clamaba, apremiante: \u00a1A votar! \u00a1A votar! Y algunos diputados empezaron a abandonar el sal\u00f3n de sesiones. Hab\u00eda en la sesi\u00f3n del d\u00eda 20 solamente 90 diputados sentados. El secretario anunci\u00f3: \u201cSe procede a la votaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Ante lo inevitable, la aprobaci\u00f3n del dictamen, el diputado Nafarrate reclamaba la presencia de M\u00fagica: \u201c\u00a1Que no se vaya M\u00fagica!\u201d. El sal\u00f3n era ya un caos.<br \/>\nEl secretario hac\u00eda malabares para apurar la votaci\u00f3n, omitiendo incluso la lectura del art\u00edculo tal como quedar\u00eda. El qu\u00f3rum se empez\u00f3 a romper, por lo que el diputado Ugarte reclam\u00f3: \u201cSe est\u00e1 incompletando el quorum: all\u00ed tiene usted el resultado de no poner orden, se\u00f1or presidente\u201d.<br \/>\nEntonces intervino M\u00fagica para reclamar: \u201c\u00bfY por qu\u00e9 hemos de votar lo que no queremos?\u201d.<br \/>\nA las 11:55 PM, ya sin quorum, se levant\u00f3 la sesi\u00f3n.<\/p>\n<p>El 21 de enero inicia la sesi\u00f3n con una nueva redacci\u00f3n: el n\u00famero de magistrados ser\u00eda de once; las legislaturas de los Estados propondr\u00edan los candidatos y el Congreso elegir\u00eda de entre esos candidatos, sin ninguna intervenci\u00f3n del Ejecutivo. Fue lo m\u00e1s que se logr\u00f3. El presidente del Congreso, Luis Manuel Rojas, insist\u00eda en apurar la votaci\u00f3n: \u201cLa Presidencia suplica a los se\u00f1ores diputados que no abandonen el sal\u00f3n, porque no podr\u00e1 hacerse la declaraci\u00f3n respectiva\u201d.<\/p>\n<p>Tal fue el contexto en el que se votaron los art\u00edculos relativos al Poder Judicial en 1917. Y as\u00ed fueron aprobados, por unanimidad de 150 votos, a excepci\u00f3n del art\u00edculo 94, que se aprob\u00f3 por 148 votos de la afirmativa contra 2 de la negativa, correspondientes a los diputados De los R\u00edos y Truchuelo, y del 96, que result\u00f3 aprobado por 149 votos contra el del ciudadano Truchuelo.<\/p>\n<p>A las 7:15 PM se levant\u00f3 la sesi\u00f3n, y as\u00ed fue como se perdi\u00f3 la oportunidad de tener ministros y jueces electos por el pueblo. Los radicales no lograron imponerse en esta vez. Pero de ah\u00ed a decir que los moderados, como Machorro, ganaron el debate, y que las mejores razones las ten\u00edan los que se opusieron a la democracia, es una absoluta mentira.<br \/>\nEn todo caso, la experiencia posterior prob\u00f3 que mucho de lo que buscaban los constituyentes radicales no se pudo garantizar con esa f\u00f3rmula, y con los a\u00f1os, no solamente quienes llegaban a la SCJN eran de hecho los amigos y recomendados de los presidentes, sino que se reform\u00f3 la Constituci\u00f3n para darle esa facultad, expresamente, al presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>5.- Como hemos reiterado en diversas ocasiones, esta CNDH considera que el derecho a la democracia es uno de los derechos fundamentales del pueblo de M\u00e9xico, siendo clave para el ejercicio de otros derechos, como los econ\u00f3micos, sociales, culturales y ambientales. Durante el pasado proceso electoral, la CNDH actu\u00f3 con plena responsabilidad y legalidad para garantizar que este derecho no fuera vulnerado, vigilando que las m\u00faltiples expresiones de violencia pol\u00edtica no afectaran la integridad del proceso electoral. Esa fue la raz\u00f3n por la que el PAN interpuso una denuncia, que le fue aceptada por la Comisi\u00f3n de Quejas del INE, y por la que el Tribunal Electoral ha resuelto sancionarnos. Lo importante es que a pesar de todo eso, las elecciones del 2 de junio, adem\u00e1s de ser las m\u00e1s concurridas, fueron incuestionables y estuvieron marcadas por n\u00fameros de resultados contundentes.<\/p>\n<p>6.- Es notable que, gracias a esta reforma del Poder Judicial, ya no estar\u00e1 en manos de los partidos la designaci\u00f3n de sus integrantes, y que se arrebata al presidente de la Rep\u00fablica no s\u00f3lo la facultad que gozaba de formular la terna de propuestas sino la prerrogativa que ha tenido y manten\u00eda hasta ahora, de designarlos, en caso de no haber acuerdo en el Congreso. Si eso no es abordar con sentido progresivo los derechos humanos, no sabemos c\u00f3mo conciben su ejercicio los que, invocando los derechos humanos, nos instan a combatir este gran avance democr\u00e1tico.<\/p>\n<p>7.- Para esta CNDH resulta fundamental que el pueblo de M\u00e9xico tenga una participaci\u00f3n cada vez m\u00e1s activa en la toma de decisiones que afectan la vida p\u00fablica del pa\u00eds; por ello, considerar \u2014como lo hace esta reforma\u2014la elecci\u00f3n de jueces y magistrados mediante el voto popular, es un paso no s\u00f3lo necesario, sino una deuda hist\u00f3rica que va a reflejarse en un mejor desempe\u00f1o en beneficio de la poblaci\u00f3n. Estamos convencidos de que s\u00f3lo as\u00ed se<br \/>\npodr\u00e1 garantizar el derecho a la justicia, tantas veces negado a nuestro pueblo, as\u00ed como a la seguridad jur\u00eddica.<\/p>\n<p>8.- Para esta Comisi\u00f3n Nacional lo que s\u00ed es preocupante es que legisladores, partidos, facciones de poder y hasta organismos internacionales pretendan difundir que la reforma aprobada es contraria a los derechos humanos y que pone en riesgo la independencia del Poder Judicial.<br \/>\nDistorsionar la realidad de esta manera, revela los intereses que la reforma busca superar, los cuales est\u00e1n arraigados en sectores, como el de algunos trabajadores del Poder Judicial, como los medios de comunicaci\u00f3n tradicionales y como algunos organismos que, bajo la fachada de defender derechos humanos, insisten en proteger privilegios.<br \/>\nContra lo que ellos opinan y difunden, esta reforma es esencial para transformar un sistema que, hasta hoy, ha permitido dilaciones en los procesos judiciales que impiden el acceso a una justicia pronta y expedita, as\u00ed como encarcelamientos prolongados sin juicio y exenciones fiscales a grandes capitales y empresarios. Adem\u00e1s, ha tolerado la absoluci\u00f3n de criminales y violadores de derechos humanos en casos emblem\u00e1ticos como la llamada \u201cGuerra Sucia\u201d y como la desaparici\u00f3n de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, as\u00ed como de grandes defraudadores del patrimonio p\u00fablico. El mantenimiento de una casta privilegiada, sin rendici\u00f3n de cuentas, pero adem\u00e1s inclinada a encubrir violaciones a derechos humanos y delitos, es simplemente inaceptable en un pa\u00eds democr\u00e1tico. No es v\u00e1lido apelar a Convenciones y Tratados, y menos blandir la bandera de \u201clos derechos humanos\u201d para pretender que esto continuara. La magnitud de los casos de injusticia y violaciones a derechos humanos, atribuibles al Poder Judicial, exige una reforma profunda y radical. Y eso es lo que se ha hecho.<\/p>\n<p>9.- No es sorprendente el atrincheramiento de los poderes f\u00e1cticos en el Poder Judicial. A pesar de lo establecido en el art\u00edculo 39, y de lo debatido en 1916-17, solo dos de los poderes de la Federaci\u00f3n se eleg\u00edan democr\u00e1ticamente, as\u00ed fuera s\u00f3lo nominalmente. Los miembros del Poder Judicial eran seleccionados mediante procesos opacos, sin mecanismos claros de regulaci\u00f3n ni rendici\u00f3n de cuentas. Esto ha quedado en evidencia con el nepotismo, que afecta a m\u00e1s del 50% de los servidores p\u00fablicos encargados de impartir justicia. Algo indefendible. El m\u00e9todo democr\u00e1tico, el ejercicio del poder del pueblo, ha sido el que mejor ha funcionado hasta ahora para luchar contra la corrupci\u00f3n dentro de las instituciones. S\u00f3lo en la encuesta de Percepci\u00f3n sobre Seguridad P\u00fablica de 2023 califica la poblaci\u00f3n, entre las autoridades m\u00e1s corruptas, en tercer lugar a los Jueces, s\u00f3lo debajo de la Polic\u00eda de Tr\u00e1nsito y la Polic\u00eda Preventiva Municipal.<\/p>\n<p>10.- Lo que esta discusi\u00f3n artificial, interesada, ha sacado a relucir, es la relaci\u00f3n directa que tiene la corrupci\u00f3n con la violaci\u00f3n a derechos humanos o, dici\u00e9ndolo de otra manera, la relaci\u00f3n directa que existe entre la lucha contra la corrupci\u00f3n con la defensa de los derechos humanos. La esencia del servicio p\u00fablico es garantizar y promover el ejercicio y respeto de los derechos humanos. Por lo tanto, cualquier acto de corrupci\u00f3n no solo es una falta \u00e9tica y legal, sino una violaci\u00f3n directa a los derechos del pueblo.<\/p>\n<p>11.- Por tanto, esta CNDH considera que la Reforma Judicial no solo es id\u00f3nea para mejorar la vida p\u00fablica y garantizar los derechos humanos del pueblo de M\u00e9xico, sino que es fundamental para que el derecho a la justicia, estrechamente vinculado al derecho a la democracia, se materialice. As\u00ed es como respondemos a la demanda hist\u00f3rica de combatir y poner fin a la impunidad y nos sumamos a la transformaci\u00f3n, que permitir\u00e1 prevenir mejor las violaciones a derechos humanos que surg\u00edan en muchos casos, precisamente, de la falta de justicia.<\/p>\n<p>12.- A los grupos partidistas que, con amenazas e insultos, reclaman la intervenci\u00f3n de la CDNH a modo para servir como instrumento que impida la ejecuci\u00f3n de la voluntad popular, en lugar de garantizar sus derechos, les decimos: que esta Comisi\u00f3n Nacional no se atemoriza y jam\u00e1s actuar\u00e1 bajo presi\u00f3n de ning\u00fan tipo, ni se supeditar\u00e1 a poder alguno \u2014legal o f\u00e1ctico\u2014, por lo que la decisi\u00f3n de interponer o no cualquiera de nuestros recursos legales s\u00f3lo responde a nuestro compromiso de velar, en todo momento, por los derechos del pueblo de M\u00e9xico y de las v\u00edctimas, muchas de ellas, v\u00edctimas del hasta ahora imperante sistema de impartici\u00f3n de justicia. As\u00ed lo establece la ley. Y as\u00ed lo acatamos.<br \/>\n\u00a1No a las facciones ni a los grupos!<br \/>\n\u00a1Defendemos al Pueblo!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>* 17.09.2024. Ciudad de M\u00e9xico.- La Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)\u00a0 anunci\u00f3 que no interpondr\u00e1 una acci\u00f3n de inconstitucionalidad contra la reforma judicial como lo solicitaron algunos legisladores. &#8220;No interpondremos acci\u00f3n de inconstitucionalidad contra la Reforma Judicial porque \u00e9sta es un triunfo del pueblo y un avance en materia de #DerechosHumanos&#8221;, sentenci\u00f3. 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